SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0640/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0640/2020-S4

Fecha: 28-Oct-2020

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Es parte procesal en dos casos penales, en uno sería la denunciante y en otro la denunciada; en el primero, el proceso lo dirigió contra Arnoldo Rober Roca Pérez, quien habría allanado su predio ubicado en el municipio de Warnes del departamento de Santa Cruz, mismo que se encuentra inscrito en Derechos Reales (DD.RR.) bajo la matricula computarizada 7.02.00.0003306, de 25 de julio de 2009, con antecedente nominal desde 1962, cuyos propietarios eran sus padres; allanamiento ejecutado con maquinaria pesada –oruga– que fue retirada por sus trabajadores y su persona; dentro del referido caso existiría un informe del investigador asignado de 9 de octubre de ese año; acta de registro del lugar de los hechos de 8 del mismo mes y año con fotografías; declaraciones de testigos de cargo que habrían referido que su persona siempre estuvo en posesión pacifica del predio. Después de constituirse en querellante, el 9 de diciembre del citado año, solicitó la producción de actos investigativos que, si bien fueron decretados, no se libraron los requerimientos correspondientes; al margen de ello, el 15 de enero de 2020, impetró otros actos investigativos, habiéndose señalado en dicha virtud audiencia de inspección; empero sin fecha ni hora, siendo que, por otra parte, después de la declaración del denunciado el 12 de febrero del indicado año, el Fiscal de Materia dictó Resolución dejándolo en libertad, fallo que no cursa en el cuaderno de investigaciones.

En el segundo proceso, su persona es denunciada por Arnoldo Rober Roca Pérez por un supuesto avasallamiento ocurrido el 9 de octubre de 2019, procedimiento dentro del cual presentó ante el Ministerio Público documentación original de su derecho propietario con antecedentes nominales desde 1962; copia legalizada del caso 699/2019 –referido en el primer párrafo– en el cual es denunciante; asimismo presentó memoriales a fin de que María Isabel Roca Eguez, supuesta vendedora del predio a Arnoldo Rober Roca Pérez, preste su declaración, impetrando además la declaración de otros testigos y que el Fiscal de Materia requiera a la Jueza de la causa un antejuicio al existir dos títulos propietarios, propuestas que fueron rechazadas mediante providencia de 13 de enero de 2020, que dispuso se esté a procedimiento, determinación contra la cual planteó recurso de reposición que fue declarado no ha lugar, con el argumento de que dicho recurso sólo procede contra resoluciones emitidas por jueces; decreto que en criterio de la accionante carece de fundamento.