SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0640/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0640/2020-S4

Fecha: 28-Oct-2020

denegó

La Jueza de Sentencia Penal Décima Cuarta del departamento Santa Cruz, constituido en Jueza de garantías, mediante Resolución 10/20 de 21 de febrero de 2020, cursante de fs. 21 a 23, denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos; a) No se dejó en claro cuáles habrían sido los derechos lesionados conforme los arts. 125 de la Constitución Política del Estado (CPE); 47 y 46 del Código Procesal Constitucional (CPCo); b) Respecto a que su vida esté en peligro, ilegalmente perseguida o procesada son aspectos que la accionante que no ha demostrado; c) Consta un inicio de investigaciones y un control jurisdiccional; por lo tanto, no existió vulneración de derechos, avocándose tal acción a denunciar la lesión del debido proceso; d) Sobre la acción de libertad y el debido proceso la SCP 102/2010-R estableció que la acción de libertad en cuanto al debido proceso, tiene que estar vinculado directamente con el derecho a la libertad personal o de locomoción y en los demás casos donde se produzca lesión al debido proceso, deben ser reparadas por los órganos jurisdiccionales siendo los Jueces de primera instancia los llamados con carácter previo, y solo agotados estos recursos podrá acudir a la jurisdicción constitucional a través de una acción de amparo constitucional como un medio para precautelar las garantías al debido proceso; e) La SC 181/2005-R determinó que el imputado que considere que en el curso del proceso investigativo ha sufrido lesiones en sus derechos fundamentales entre ellos el derecho a la libertad en cualquiera de sus formas, debe impugnar tal conducta ante el Juez de Instrucción en lo Penal siendo este el órgano jurisdiccional quien tiene a su cargo el control de la investigación desde los actos iniciales hasta la conclusión de la etapa preparatoria; y, f) No se cumplió el principio de subsidiariedad porque la impetrante de tutela debió acudir y denunciar todos los hechos relatados ante el Juez de la causa ya que es la autoridad judicial competente.