Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0642/2020-S1
Fecha: 22-Oct-2020
i)
Consecuentemente, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela; para ello, se analizarán los siguientes temas: i) Presupuestos procesales para acceder a la justicia constitucional cuando se denuncian medidas o vías de hecho; y, ii) Análisis del caso concreto.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de la demandada
- concedió
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- acción de amparo constitucional
- provisional
- III.2.
- Fragmento 15
- CONFIRMAR
- MAGISTRADA
- , el accionante deberá cumplir en primera instancia con la identificación de los particulares o autoridades demandadas