SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0648/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0648/2020-S1

Fecha: 22-Oct-2020

1)

El accionante a través de su abogado se ratificó en lo expresado en su memorial de acción de amparo constitucional y en audiencia señaló que: 1) El memorándum que dispuso la conclusión de su relación laboral, constituye un despido injustificado e ilegal porque no tomaron en cuenta que es padre de su hija menor de un año de edad; 2) Invoca los arts. 46, 48.IV, 49 y 60 de la CPE y el art. 2 del Decreto Supremo (DS) 0012 de 19 de febrero de 2019, que establecen que los padres progenitores gozan de inamovilidad laboral y no pueden ser despedidos hasta que su hija o hijo cumpla un año de edad; 3) La Constitución Política del Estado también establece que es deber del Estado garantizar con prioridad el interés superior de la niña, niño y adolescente; 4) El memorándum de despido vulnera esa protección de la cual goza el progenitor porque son responsables de proteger los derechos de protección y asistencia a quienes son responsables de sus hijos; por lo que, al emitirse el citado Memorándum ha cometido un hecho ilegal vulnerando los derechos al trabajo, la inamovilidad laboral, la vida, salud y la seguridad social que goza la menor; y,    5) El art. 254.II del Código Procesal Constitucional (CPCo) que hace el examen de procedencia de esta acción hace que sea menos estricto y no sea exigible agotar las vías ordinarias y administrativas dada la naturaleza de estos derechos corresponde aplicar la excepción del principio de subsidiariedad, porque ante la existencia de una menor de un año, hace innegable la protección inmediata; por lo que, a tiempo de solicitar se conceda la tutela, pidió se deje sin efecto el memorándum de conclusión laboral y se lo restituya de forma inmediata al cargo de Jefe de Unidad SINACOM a.i., se le restituya sus derechos laborales, se le cancele los subsidios de lactancia, sus derechos de vacación por las gestiones 2018 y 2019; así como el aguinaldo 2019, con imposición de costas y costos, más multas y sanciones en caso de resistencia.

En consecuencia, corresponde analizar en revisión, si los argumentos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada; para el efecto, se analizaran los siguientes ejes temáticos: 1) La garantía de inamovilidad laboral de mujeres embarazadas y progenitores hasta el cumplimiento de un año de edad de la hija o hijo; 2) Sobre el derecho a la seguridad social; y, 3) Análisis del caso concreto.