Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0674/2020-S3
Fecha: 28-Oct-2020
Fragmento 4
La accionante a través de su abogado en audiencia ratificó de manera íntegra el contenido del memorial de acción de libertad, y ampliándolo, manifestó que: a) De los antecedentes se evidencia que existen múltiples memoriales en los cuales solicitó la remisión de la Sentencia 29/18 al Juzgado de Ejecución Penal de turno de la Capital del departamento de Santa Cruz, pero transcurrieron nueve meses sin que se realice la remisión; y, b) Se encuentra perjudicada para que tramite los beneficios que la Ley de Ejecución y Supervisión Penal reconoce, siendo que hace más de un año debió estar en libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 4
- 1)
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido deben presentarse, en forma concurrente, los siguientes presupuestos: a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión;
- III.2. Análisis del caso concreto
- a)
- primer presupuesto
- segundo presupuesto
- CONFIRMAR