AUTO CONSTITUCIONAL 0163/2020-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0163/2020-RCA

Fecha: 11-Nov-2020

contiene entre sus vertientes al derecho de impugnación como un medio de protección, el mismo que se encuentra consagrado en nuestra Constitución Política del Estado

         Previamente, corresponde efectuar las siguientes puntualizaciones relativas a los argumentos vertidos por el peticionante de tutela en la presente acción de defensa; para lo cual, es conveniente precisar que este Tribunal Constitucional Plurinacional, a través del entendimiento jurisprudencial plasmado en la SCP 0180/2019-S4 de 25 de abril, sobre los funcionarios públicos de libre nombramiento, considerados como provisorios, y en consideración al derecho a la defensa, expresó: …el derecho a la defensa como instituto jurídico que garantiza el respeto de los derechos fundamentales y garantías constitucionales de las personas, contiene entre sus vertientes al derecho de impugnación como un medio de protección, el mismo que se encuentra consagrado en nuestra Constitución Política del Estado, ello implica que todo procedimiento en el ámbito privado o público, debe prever un mecanismo de impugnación a fin de que el afectado con el acto o resolución que considere lesivo a sus derechos o intereses legítimos, pueda reclamar la restitución de aquellos en los que hubiese incurrido la autoridad pública o privada”.