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    AUTO CONSTITUCIONAL 0231/2020-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0231/2020-CA

    Fecha: 12-Nov-2020

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    • I.1. Síntesis de la demanda
    • “…Ampliándose el plazo para la Asamblea Constituyente hasta el 14 de diciembre de 2007…
    • I.3. Petitorio
    • II.1. Marco normativo constitucional y legal del recurso directo de nulidad
    • tratándose del recurso directo de nulidad, las alegaciones estén centradas sobre actos invasivos en el ejercicio de las facultades, competencias y jurisdicción
    • la presencia real de un acto específico y concreto
    • el recurrente tiene la obligación de identificar cualquier acto siempre que sea abstraído en uno de los supuestos antes referidos a efectos de activar el presente recurso
    • agraviada es la persona que ha sido directamente perjudicada por un acto o resolución proveniente de autoridad pública´
    • la necesidad de desarrollar el fundamento jurídico-constitucional implica también la exposición que debe realizar el recurrente en cuanto a los agravios que le causa la Resolución que considera fue emitida sin competencia
    • la expresión de agravios constituye requisito de admisibilidad del recurso directo de nulidad;
    • NULIDAD
    • a)

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