En revisión la Resolución 01/2020 de 10 de enero, cursante de fs. 495 a 498, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por
Fecha: 30-Nov-2020
I.
El suscrito Magistrado si bien comparte la decisión adoptada en la SCP 0845/2020-S3 de 30 de noviembre, que deniega la tutela solicitada por el accionante; sin embargo, disiente en el Fundamento Jurídico empleado para asumir esa determinación constitucional, relativo al principio de subsidiariedad; por lo que, en el presente caso correspondía realizar otro tipo de análisis al expuesto en el citado fallo constitucional, considerando todos los antecedentes cursantes en el expediente remitido a este Tribunal, que demuestran la aceptación y el consentimiento de los actos denunciados y cuestionados a través de la presente acción tutelar, contra la Resolución Jerárquica FDB/NGGR/R.- 188-2019 de 9 de julio, emitida por la ex Fiscal Departamental de Beni, ahora accionada.
- I.
- REVOCAR en parte
- II.
- El art. 53 del CPCo, estableció como una de las causales de improcedencia, que esta acción tutelar no procederá contra actos consentidos libre y expresamente
- que al ser el consentimiento una expresión de la libre voluntad, no existe causa para dar curso a la tutela cuando se advierte este supuesto en los hechos denunciados, de modo que resulta lógico jurídicamente razonar negándose la tutela, en sentido de que el acto aún se considere lesivo, si ha sido admitido y consentido por el interesado en un primer momento, aún cuando después lo denuncie y pretenda la protección
- el consentimiento libre y expreso supone la acción voluntaria de la persona de someterse al acto considerado lesivo, sin objetarlo, tomando una actitud pasiva frente al mismo, o en su caso, realizando acciones que no tienden a restablecer el acto considerado lesivo
- cualquier acto o acción que el titular del derecho fundamental realice ante la autoridad o particular que supuestamente lesionó el mismo, como también ante otra instancia, dejando advertir o establecer claramente que acepta o consiente de manera voluntaria y expresa la amenaza, restricción o supresión a sus derechos y garantías fundamentales
- Fragmento 8
- a)
- 1)
- Fragmento 11