En revisión la Resolución 01/2020 de 10 de enero, cursante de fs. 495 a 498, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

En revisión la Resolución 01/2020 de 10 de enero, cursante de fs. 495 a 498, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por

Fecha: 30-Nov-2020

II.

En esta acción tutelar, el accionante denunció la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la tutela judicial efectiva, a la defensa, a la “legalidad” y a la “seguridad jurídica”; puesto que, la ex Fiscal Departamental de Beni, ahora accionada, al emitir la Resolución Jerárquica FDB/NGGR/R.- 188-2019, no revisó que el memorial de objeción de rechazo de denuncia, fue interpuesto por el Encargado Distrital de Beni a.i. del Consejo de la Magistratura -hoy tercero interesado- sin que tenga atribuciones ni legitimidad alguna para ello, por tratarse de un delito común que no afecta a la entidad que representa; además, fue presentado fuera del plazo de cinco días previsto por el art. 305 del Código de Procedimiento Penal (CPP). Actos irregulares que fueron convalidados por la indicada autoridad hoy accionada generando una persecución ilegal e indebida contra su persona.

En consecuencia, correspondía determinar en revisión, si los extremos denunciados eran evidentes para conceder o denegar la tutela solicitada, a cuyo efecto la SCP 0845/2020-S3 de 30 de noviembre, debió desarrollar los actos consentidos libre y expresamente como causal de improcedencia de la acción de amparo constitucional.