SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0636/2020-S2
Fecha: 09-Nov-2020
Fragmento 12
De los antecedentes que cursan en obrados se tiene: informe de inicio de investigación e imputación formal de 14 de marzo de 2020, emitido por Freddy Quiroz Vargas, Fiscal de Materia contra Edin Franz Céspedes Rodríguez, Donato Zarate Romero y Jaime Villca Osorio por la presunta comisión de los delitos organización criminal y tenencia y porte o portación ilícita, que generó la providencia de idéntica fecha, pronunciada por María Teresa Apaza Paz, Jueza de Instrucción Penal Tercera de Quillacollo del departamento de Cochabamba, señalando audiencia de consideración de aplicación de medidas cautelares para el 15 del mismo mes y año (Conclusión II.1); por memoriales de 16 de idéntico mes y año, suscritos por el impetrante de tutela y su abogado, pretendieron interponer recurso de apelación incidental y solicitar salida personal ambos dirigidos a la prenombrada autoridad (Conclusión II.2); a lo que, la aludida Jueza por nota de 17 del mes y año enunciados, dirigida al Juez Público Civil y Comercial e Instrucción Penal Primero de Capinota del citado departamento, remitió el cuaderno de control jurisdiccional correspondiente al solicitante de tutela y otros, por la supuesta comisión de los tipos penales señalados ut supra (Conclusión II.3); asimismo, consta acta de audiencia de la presente acción tutelar, en la cual se dio lectura a los informes presentados por las demandadas (Conclusión III.4).