SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0636/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0636/2020-S2

Fecha: 09-Nov-2020

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El solicitante de tutela alega que se lesionó sus derechos a la petición y a la libertad, y del principio de celeridad; ya que, después de disponerse su detención preventiva, pretendió presentar varios memoriales para revertir tal condición, acudiendo al Juzgado de Instrucción Penal Tercero de Quillacollo del departamento de Cochabamba, donde el Secretario del aludido Juzgado le negó esta posibilidad con el argumento de que todo escrito debe ingresar por la Oficina Gestora de Procesos; para ello, le proveyó el NUREJ de su causa, dirigiéndose a la señalada instancia, le indicaron que el citado número correspondía al juzgado de la localidad de Capinota pero que el expediente en sí no habría sido remitido; es así que, retornó al prenombrado Juzgado de Instrucción para insistir en la recepción de sus literales, no teniendo resultado alguno; por lo que, considera que se le generó un perjuicio dejándolo en una situación perniciosa.