SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0644/2020-S2
Fecha: 09-Nov-2020
Fragmento 4
Ante ello, a través de requerimiento fiscal, el Servicio Departamental de Educación (SEDUCA) de La Paz, dio a conocer los datos y dirección de la Unidad Educativa en la que estudia la menor de edad; por lo que, solicitó su emplazamiento personal en el indicado lugar; empero, el Juez de la causa contradiciéndose insistió que la notificación fuese en el domicilio real “no existente”; consiguientemente, suspendió el acto procesal fijado para el 11 de marzo de 2020; atentando todas estas interrupciones arbitrarias lo dispuesto en la Ley de Abreviación Procesal Penal y de Fortalecimiento de la Lucha Integral contra la Violencia a Niñas, Niños, Adolescentes y Mujeres -Ley 1173 de 3 de mayo de 2019-; a razón que, se encuentra detenido preventivamente por casi tres años.
- acción de libertad
- Fragmento 2
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- hábeas corpus traslativo o de pronto despacho
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONCEDER