SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0671/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0671/2020-S2

Fecha: 12-Nov-2020

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Desde el 19 de octubre de 2006 trabaja en el Hospital de Segundo Nivel de Yapacaní, habiendo sido despedido el año 2010 por el Exalcalde de aquella época; por lo que, tuvo que acudir a la vía jurisdiccional para su restitución laboral, la cual le fue concedida mediante Sentencia 10 de 5 de julio de 2011 y confirmada mediante Auto de Vista 491 de 17 de diciembre de igual año.

El 9 de septiembre de 2019, el responsable de Recursos Humanos del Gobierno Autónomo Municipal de Yapacaní le entregó un memorando firmado por el Alcalde; a través del cual, nuevamente de manera unilateral e ilegal fue despedido del cargo que desempeñaba como Encargado de Archivo al cual había sido restituído según Memorando G.A.M.Y.-U.A.L.-S.G. 027/”2012” -lo correcto es 2013- de 25 de enero; y, “trabajo real” según Memorando de designación interna de 31 de enero de 2013, como personal de apoyo al Servicio de Consulta Externa de la mencionada entidad edilicia, pese a que nunca tuvo llamadas de atención por faltas disciplinarias; decisión que le causó y le sigue causando un daño psicológico y emocional irreparable, como ciudadano de la tercera edad y padre de una menor de edad.