SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0685/2020-S4
Fecha: 04-Nov-2020
a)
Solicitó que se conceda la tutela y se disponga: a) Dejar sin efecto el Auto Interlocutorio 78/2019, emitido por el Juez demandado, por el cual se rechazó su solicitud de cesación a la detención preventiva; así como el Auto de Vista 60/2020, pronunciado por la Vocal ahora codemandada, disponiendo que emitan una nueva resolución conforme a los parámetros de la congruencia previstos en los arts. 221 y 7 del CPP, bajo el principio de presunción de inocencia, en aplicación al principio vital del pro homine, entendido como duda razonable establecido en el art. 115.II de la Norma Suprema; y, b) Que ambas autoridades tomen en cuenta el derecho a la salud, reconocido en la Ley fundamental, a efectos de modificar la medida cautelar de detención preventiva, máxime cuando se tiene la excepción de la detención, bajo el privilegio de vivir bien y contar con una buena salud y vida.