SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0689/2020-S1
Fecha: 04-Nov-2020
I.2.3. Participación de los terceros intervinientes
Gerardo Gutiérrez Peñaranda, Fiscal de Materia, en audiencia señaló que la decisión del Juez ad quem fue correcta, debido a que dicha autoridad estaba impedida de resolver un incidente de cesación a la detención preventiva, si nunca se trató tal aspecto, o la conveniencia o no con la mutación o cambio de la situación procesal del ahora solicitante de tutela.
Carlos Bernal Tupa, Representante Departamental del Vice Ministerio de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción dependiente del Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional, por informe de 28 de abril de 2020, cursante de fs. 89 a 91 vta., señaló que el Tribunal de apelación, por la naturaleza del problema jurídico llevado a su competencia, mal podría pronunciarse sobre el fondo por tratarse de una cuestión estrictamente procesal que dicho Tribunal juzgó como indebido y dispuso su enmienda; por lo que, pidió se deniegue la tutela.