SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0703/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0703/2020-S2

Fecha: 19-Nov-2020

denegó

El Juez de Instrucción Penal Segundo de la zona Sur de la Capital del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 100/2020 de 7 de junio, cursante de fs. 62 a 63 vta., denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: 1) El art. 125 de la CPE señala que toda persona que considere que su vida está en peligro, es ilegalmente perseguida, o indebidamente procesada o privada de libertad personal, podrá interponer la acción tutelar de manera oral o escrita por sí o a través de cualquiera a su nombre y sin ninguna formalidad procesal ante cualquier juez o tribunal competente en materia penal y solicitará se guarde tutela a su vida, cese la persecución indebida y restablezcan las formalidades legales o restituya el derecho afectado; 2) La SCP 0400/2018-S1 -no citó fecha- establece que el derecho al debido proceso es tutelable a través de la presente acción de defensa únicamente cuando está directamente vinculado a la libertad, no pudiendo modificarse su esencia y ampliar su espectro de competencia a aquellos asuntos netamente procedimentales; 3) La demandada puso a conocimiento de la autoridad jurisdiccional el inicio de la investigación, actuación que no se configura como causa directa para la afectación del derecho a la libertad; por lo que, no correspondería ingresar al análisis del fondo de la problemática; y, 4) Respecto a los derechos a la vida y salud, con base en el argumento de que nos encontraríamos ante una emergencia sanitaria dispuesta por el gobierno nacional, se debe tener en consideración que el hecho denunciado no guarda relación ni contiene un nexo causal en cuanto a la afectación de estos derechos fundamentales.