SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0726/2020-S3
Fecha: 06-Nov-2020
II.1.
II.1. Cursa querella y su subsanación presentadas por Constantina Torrez Colque de Gómez, Andrés Aguilar Mamani, Álvaro Nogales Achaya, Josefina Cortez Gutiérrez, Bernaldina Cortez Gutiérrez, Senaida Chambi Canaza, Franklin Canaviri Zárate, Milenka Lea Canaviri Espinoza, Javier Canaviri Ramírez, Sara Ilvia Canaviri Mamani, Florencio Janco Osuna, Teodomiro Asistiri Calle, Natividad Casilla Encinas, Marlena Salvador Butrón, Margarita Nogales Ticona, Zenón Alave Flores, Miguel Ángel Alave Nogales, Elizabeth Tawita Huayta Calani, Raúl Martín Cortez Gutiérrez, Pacesa Calle Flores, Hipólito Quenta Quispe, Luis Vladimir Colque Fernández y Felipe Canaviri Martínez -ahora terceros interesados- ante el Fiscal de Materia de turno contra David Fernández León, Máxima Mamani Juaniquina de Ríos y Eloy Escobar Ayaviri -hoy accionantes-, por la presunta comisión de los delitos de estafa con agravación en caso de víctimas múltiples y de extorsión. Así también, se tiene el informe de inicio de investigación presentado por el Fiscal de Materia al Juez de Instrucción Penal de turno de la Capital del departamento de Oruro por los delitos señalados (fs. 15 a 26).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- El art. 53 del CPCo, estableció como una de las causales de improcedencia, que esta acción tutelar no procederá contra actos consentidos libre y expresamente
- que al ser el consentimiento una expresión de la libre voluntad, no existe causa para dar curso a la tutela cuando se advierte este supuesto en los hechos denunciados, de modo que resulta lógico jurídicamente razonar negándose la tutela, en sentido de que el acto aún se considere lesivo, si ha sido admitido y consentido por el interesado en un primer momento, aún cuando después lo denuncie y pretenda la protección
- el consentimiento libre y expreso supone la acción voluntaria de la persona de someterse al acto considerado lesivo, sin objetarlo, tomando una actitud pasiva frente al mismo, o en su caso, realizando acciones que no tienden a restablecer el acto considerado lesivo
- Fragmento 19
- cualquier acto o acción que el titular del derecho fundamental realice ante la autoridad o particular que supuestamente lesionó el mismo, como también ante otra instancia, dejando advertir o establecer claramente que acepta o consiente de manera voluntaria y expresa la amenaza, restricción o supresión a sus derechos y garantías fundamentales
- REVOCAR