SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0735/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0735/2020-S4

Fecha: 12-Nov-2020

denegó

La Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Resolución 94/2020 de 21 de mayo, cursante de fs. 42 a 44, denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: 1) La autoridad jurisdiccional a tiempo de emitir los proveídos de 30 de abril, de 6 y 12 de mayo todos de 2020, se limitó a requerir a la parte solicitante el cumplimiento estricto de los presupuestos establecidos en el art. 366 del CPP, por lo que, no se advierte que la autoridad demandada hubiese inobservado el principio de celeridad vinculado al derecho al debido proceso; 2) De los antecedentes remitidos a la autoridad de control jurisdiccional no se evidencia que la autoridad demandada cuente con los antecedentes necesarios a efectos de resolver o tramitar el pedido de suspensión condicional de la pena, la impetrante de tutela mas allá de exigir a la autoridad demandada señalamiento de día y hora de audiencia de suspensión condicional de la pena, tampoco le ha munido de los elementos necesarios tales como los antecedentes, a efectos de que la autoridad demandada pueda pronunciarse de forma favorable; 3) En cuanto al pedido de la accionante que se realice una valoración en el sentido que se encontrarían rotos los lazos afectivos que tiene con su hija menor de edad; al respecto se advierte del certificado de nacimiento de la misma; sin embargo, no se adjuntó mayor documentación por la que se pueda advertir que la menor se encuentra en situación de desamparo o desprotección; en cuanto al segundo pedido del trato igualitario se advirtió de antecedentes que la otra copartícipe del delito por el cual se procesa a la impetrante de tutela se acogió a procedimiento abreviado a mérito del cual se le otorgó la suspensión condicional de la pena; por lo que, no se lesionó el principio de igualdad.