SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0773/2020-S3
Fecha: 04-Nov-2020
i)
Hernán Iván Arias Durán, Ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda a través de sus representantes legales, en audiencia manifestó que: i) Se han realizado diferentes actuados procesales para poner en conocimiento del Juez Público Civil y Comercial Primero de Oruro, la necesidad de contar con mayor tiempo para poder tramitar recursos necesarios para cumplir con esa obligación, debiendo realizar trámites ante el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas; ii) No es evidente que la autoridad accionada desconocía que esos recursos correspondían al Fondo Social, igualmente mediante Nota Interna 405/2019 se puso en conocimiento que a través de esa cuenta fiscal se realizan operaciones tales como el manejo de caja chica, fondos rotatorios, recursos del Fondo Social y sus respectivos descuentos mediante planillas de haberes que son abonados mensualmente a la cuenta objeto de retención; y, iii) En cuanto a la subsidiariedad se presentaron incidentes los cuales fueron rechazados, llevándose en ese sentido un año en su tramitación encontrándose retenidos esos dineros que corresponden a los servidores públicos del Ministerio; por lo que, se está lesionando su derecho laboral y de percibir beneficios reconocidos legalmente que no pueden ser embargados teniendo dicho pago privilegio y preferencia sobre cualquier otra acreencia.