SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0814/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0814/2020-S3

Fecha: 27-Nov-2020

III.2.  De la valoración de la prueba

La SCP 0017/2016-S2 de 18 de enero, reiterando la jurisprudencia citada en la SCP 0903/2012 de 22 de agosto y la SC 1461/2003-R de 6 de octubre estableció que: «“‘…la facultad de valoración de la prueba aportada en cualesquier proceso corresponde privativamente a los órganos jurisdiccionales ordinarios, por lo que el Tribunal Constitucional no puede pronunciarse sobre cuestiones que son de exclusiva competencia de aquellos, y menos atribuirse la facultad de revisar la valoración de la prueba que hubieran efectuado las autoridades judiciales competentes…'.