SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0822/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0822/2020-S3

Fecha: 27-Nov-2020

denegó

La Sala Constitucional Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Resolución 11/2020 de 6 de febrero, cursante de fs. 54 a 56 vta.,  denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: i) Respecto al plazo de la investigación, y si las resoluciones de rechazo y la de revocatoria fueron dictadas dentro del mismo, es una competencia exclusiva del Juez de Instrucción en lo Penal, ante quien debe reclamarse esa situación; ii) En la Resolución de Rechazo de Denuncia se indicó que el Estado Plurinacional de Bolivia no tiene capacidad para accionar penalmente; situación que no se puede concebir en ningún estado de derecho; iii) El argumento por el que se rechazó la denuncia es beneficioso para la accionante, pero cuando fue utilizado en su contra lo consideró un elemento negativo, ingresando en contradicción; iv) Sobre la falta de fundamentación de la Resolución Fiscal Departamental MSP 1166/19, se evidencia que el entonces Fiscal Departamental de Santa Cruz solo tenía dos opciones, ratificar o revocar la decisión del inferior, pero en el caso podría haberse dado una tercera opción, cuando se revocó la Resolución de Rechazo de Denuncia al haberse corregido la inadecuada actitud procesal desplegada por el Fiscal de Materia; v) La referida Resolución Fiscal Departamental no puede ser objeto de control jurisdiccional, sino solo a través de la acción de amparo constitucional; y, vi) La accionante solo hizo una enunciación de los presuntos derechos vulnerados, sin existir de su parte un trabajo intelectivo de acuerdo con la línea jurisprudencial de la SC 0365/2005-R de 13 de abril, en cuanto al nexo causal, lo que conlleva que esta jurisdicción no pueda ingresar a considerar la presente acción tutelar.