AUTO CONSTITUCIONAL 0172/2020-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0172/2020-RCA

Fecha: 01-Dic-2020

Fragmento 2

Por memoriales presentados el 7 de julio y 3 de septiembre de 2020, cursantes de fs. 42 a 49; y, 52 a 54, el accionante manifiesta que dentro del proceso ordinario por reivindicación seguido en su contra y de otra, el cual fue tramitado por el Juez Público Civil y Comercial Vigésimo Sexto del departamento de La Paz –hoy codemandado–, el 3 de febrero de 2017, la referida autoridad judicial, ordenó la suspensión de la audiencia preliminar de juicio oral, ante la inasistencia del abogado de la parte demandante. Posteriormente, el 15 de marzo del citado año, presentó incidente de nulidad de acuerdo a lo previsto en el art. 367.III del Código Procesal Civil (CPC), refiriendo que ante la inasistencia mencionada, el Juez de la causa debió determinar el desistimiento de la pretensión, pero dicha autoridad en vez de reconsiderar su error, justificó su actuar indicando que aplicó correctamente el art. 365 del CPC, a pesar de lo previsto en el Auto Supremo (AS) 831/2017 de 15 de agosto, llegando a rechazar su solicitud en la audiencia preliminar de juicio oral, mediante un Auto Interlocutorio arbitrario, carente de fundamentación.