AUTO CONSTITUCIONAL 0202/2020-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0202/2020-RCA

Fecha: 30-Dic-2020

1)

Refiere que: 1) La Sala Constitucional omitió mencionar la norma sobre la cual basó su improcedencia; 2) Si bien indicó que contra la providencia pudo usar recurso de reposición, empero el uso de dicho medio no podía suspender el acto, puesto que al mismo tiempo de ordenar el desapoderamiento, la autoridad demandada emitió mandamiento de desapoderamiento, siendo imposible impedir la materialización de acto indebido; y, 3) No se valoró que existe el referido mandamiento, el cual se encuentra en poder del tercero interesado, lo que implica una amenaza material en su ejecución, por lo que una reposición no devuelve la orden emitida, resultando tardío cualquier recurso ordinario que se intente, siendo la única forma de proteger sus derechos a través de esta acción de defensa.