ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0824/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0824/2020-S1

Fecha: 08-Dic-2020

concedió

El Tribunal de Sentencia Penal Decimosegundo de la Capital del departamento de            Santa Cruz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 02/20 de     27 de marzo de 2020 cursante de fs. 94 vta. a 97 y “Auto de Corrección Procesal Constitucional” 03/20 de 28 de marzo de 2020 de fs. 99 a 100, concedió la tutela solicitada; disponiendo que, por Secretaria se emita el mandamiento de libertad con detención domiciliaria (ordenando que la detención domiciliaria de momento sea en la Clínica donde se encuentra internado), siempre y cuando no estuviere detenido por otros delitos; asimismo, ordenó que la Jueza demandada una vez que tenga el control jurisdiccional, en el plazo de cuarenta y ocho horas señale audiencia para considerar las medidas sustitutivas que correspondan a objeto de garantizar la investigación y en caso de aplicar la Ley sea conforme a los fundamentos de su Resolución; bajo los siguientes fundamentos: 1) Que el derecho a defenderse en libertad no está supeditado a la peligrosidad del imputado o a la gravedad del delito; 2) La Constitución Política del Estado garantiza el principio de inocencia de la misma forma en sus arts. 22 y 23.1 refiere que la dignidad y la libertad de la persona son inviolables, libertad que solo podrá ser restringida en los límites señalados por ley, para asegurar el descubrimiento de la verdad histórica de los hechos; y, 3) De acuerdo a los lineamientos establecidos por la Ley 1173 la libertad es la regla y la detención es la excepción y que habiéndose acreditado el estado de salud del impetrante de tutela a través de certificado médico emitido por el Instituto de Investigaciones Forenses (IDIF) que existe un riesgo inminente para su vida, pues padece de una enfermedad cardiaca de carácter crónico, como ser la hipertensión arterial, cardiopatía coronaria y otros; mismas que también son consideradas enfermedades de base, representan un peligro mayor para el mismo en estos momentos en los que se vive en emergencia sanitaria debido a la Pandemia del COVID-19.

Por “Auto de Corrección Procesal Constitucional” 03/20 de 28 de marzo de 2020, el Tribunal de garantías corrigiendo los alcances de la Resolución 02/20 de 27 de marzo de 2020, dispuso mantener vigente la tutela otorgada; dejar sin efecto el mandamiento de libertad con detención domiciliaria; y, que el Juez de turno atienda el pedido del impetrante de tutela conforme procedimiento, debiendo para ello la Jueza de Instrucción Penal Octava de la Capital del departamento de Santa Cruz prever el mecanismo y forma de remitir los antecedentes del proceso.