Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0397/2020-S4
Fecha: 09-Dic-2020
II.2.
II.2. Por Informe de 10 de diciembre de 2019, emitido por la Secretaria del Juzgado Público Civil y Comercial Primero de Tupiza del departamento de Potosí, se tiene que el cuaderno original de la causa fue enviado el 9 de igual mes y año, a Presidencia del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, en cumplimiento de la providencia de la misma fecha (fs. 14).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho y el plazo para la remisión de antecedentes del recurso de apelación incidental de medidas cautelares ante el Tribunal de alzada
- III.2. Dilación en la remisión de la apelación incidental en medidas cautelares ante el Tribunal de alzada por falta de provisión de recaudos de ley
- …la falta de provisión de los recaudos de ley, no constituye en razón suficiente para posponer o dilatar la remisión de obrados ante el superior en grado,
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR