Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0397/2020-S4
Fecha: 09-Dic-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El impetrante de tutela alega que se vulneraron sus derechos al debido proceso y a la libertad física y de locomoción; toda vez que, el Juez ahora demandado, hasta la fecha de interposición de la presente acción tutelar –9 de diciembre de 2019–, no remitió el testimonio de apelación ante el Tribunal de alzada, recurso que fue planteado de manera oral en audiencia de −4 de igual mes y año−, transcurriendo cinco días sin darse cumplimiento a lo establecido en el art. 251 del CPP.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho y el plazo para la remisión de antecedentes del recurso de apelación incidental de medidas cautelares ante el Tribunal de alzada
- III.2. Dilación en la remisión de la apelación incidental en medidas cautelares ante el Tribunal de alzada por falta de provisión de recaudos de ley
- …la falta de provisión de los recaudos de ley, no constituye en razón suficiente para posponer o dilatar la remisión de obrados ante el superior en grado,
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR