SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0744/2020- S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0744/2020- S2

Fecha: 01-Dic-2020

cuando cese la detención preventiva, el interno será liberado en el día, sin necesidad de trámite alguno

           En coherencia con dichas normas y considerando la responsabilidad que tienen los Directores de los establecimientos penitenciarios, el art. 39 de la LEPS, establece: “Cumplida la condena, concedida la Libertad Condicional o cuando cese la detención preventiva, el interno será liberado en el día, sin necesidad de trámite alguno. El funcionario que incumpla esta disposición, será pasible de responsabilidad penal, sin perjuicio de aplicarse las sanciones disciplinarias que correspondan” (negrillas y subrayado añadidos).