SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0781/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0781/2020-S2

Fecha: 09-Dic-2020

1)

El accionante por intermedio de su abogado, ratificó el tenor íntegro de su memorial de acción de amparo constitucional presentado y acotando señaló: 1) El “dictamen” no es impugnable; lo que quiere decir que, al haber concluido la vía administrativa, la jurisdicción constitucional puede conocer la falta de fundamentación de la determinación asumida por el Contralor General del Estado; 2) La jurisprudencia constitucional citada por esta última autoridad, no es aplicable; ya que, alude a la valoración de la prueba y en el caso concreto se reclamó la ausencia de fundamentación; 3) El Dictamen de Responsabilidad Civil CGE/DCR-037/2019 es ilegal; debido a que, no contiene fundamento jurídico que sostenga la decisión de responsabilizar solidariamente a su persona; 4) Es correcto que se busque la devolución del dinero cobrado, pero, es arbitrario pretender que él lo realice de manera solidaria, cuando los que tienen que hacerlo son los Concejales del Gobierno Autónomo Municipal de Entre Ríos; y, 5) Se presentó documentación correspondiente de la interposición de demandas coactivas; sin embargo, las mismas no tienen decreto de admisión; por lo que, no pueden ser consideradas.