SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0782/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0782/2020-S2

Fecha: 09-Dic-2020

Fragmento 10

Al respecto, la SCP 0607/2019-S3 de 11 de septiembre, haciendo alusión a la SCP 0015/2018-S4 de 23 de febrero, la cual a partir de la SCP 0177/2012 de 14 de mayo, realizó una sistematización de la jurisprudencia constitucional, emitida con relación a la protección del derecho al trabajo y al cumplimiento de las conminatorias de reincorporación laboral expedidas por las jefaturas departamentales de trabajo, sostuvo que: “…como emergencia de denuncias de despidos intempestivos e ilegales, en las que denota las mutaciones y modulaciones que fueron introducidas a la línea jurisprudencial mencionada en la SCP 0177/2012. Así, analizó la SCP 2355/2012 de 22 de noviembre, que estableció la imposibilidad de hacer cumplir una conminatoria carente de fundamentación por medio de la acción de amparo constitucional; a su vez, se hace referencia a la SCP 0900/2013 de 20 de junio, que cambió la línea señalando que el Tribunal de garantías antes de ordenar el inmediato cumplimiento de la conminatoria, debía realizar una valoración integral de los datos del proceso, los hechos y los supuestos derechos vulnerados a efectos de hacer prevalecer la verdad material sobre la formal, es decir, verificar si el pronunciamiento de la jefatura departamental de trabajo, fue legal o ilegal; entendimiento que también sufrió una modulación mediante la SCP 1712/2013 de 10 de octubre, al establecer que si bien a la jurisdicción constitucional no le compete analizar el fondo de las problemáticas laborales, tampoco puede disponer la ejecución de las conminatorias emanadas de procesos administrativos desarrollados al margen de la razonabilidad de un debido proceso.