SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0804/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0804/2020-S4

Fecha: 09-Dic-2020

a)

Solicitó se conceda la tutela impetrada; y en consecuencia se disponga lo siguiente: a) La restitución del derecho propietario sobre la mercadería, así como entrega de la totalidad de la misma en el día y sin mayores demoras por parte de la empresa a la que se encargó su transporte; asimismo, se restituya su derecho al trabajo y al comercio; b) En caso de no restituirse la mercadería en el plazo de veinticuatro (24) horas, al existir responsabilidad civil, paguen el valor de la mercadería en $us.80.000.-, monto acreditado por la documentación probatoria aportada, bajo sanciones legales en caso de incumplimiento; y, c) La remisión de antecedentes al Ministerio Público, para el inicio del proceso investigativo penal respectivo, en caso de no restituirse la mercadería.

El mismo abogado, en defensa de Alberto Estrada Ynclan, señaló lo siguiente: a) aunque el memorial de demanda señala que Edson Juan Fuertes Mamani, sería quien afectó sus derechos, no explican de qué manera lo hizo; b) Respecto a la reparación civil de daños y perjuicios, para que proceda tal figura jurídica, debe demandarse en la vía civil el incumplimiento de contrato, ya que la misma no es autónoma sino que debe emerger de un hecho; y, c) No se puede calificar el monto pedido puesto que esa operación se debe hacer en ejecución de fallos.