SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0826/2020-S3
Fecha: 04-Dic-2020
III.2. Análisis del caso concreto
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad y al debido proceso; en razón que el 20 de marzo de 2020 las denunciantes presentaron ante la Jueza ahora accionada, memorial de desistimiento de la acción penal seguida en su contra, motivo por el que ya no podría estar detenido en el Centro Penitenciario San Pedro de La Paz; sin embargo, esa situación no tuvo resultado alguno hasta la interposición de esta acción tutelar.
De la revisión de antecedentes, se tiene que en el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el accionante, por la presunta comisión del delito de abuso sexual, previsto y sancionado en el art. 312 del CP; celebrada la audiencia de medidas cautelares de carácter personal el 3 de marzo de 2020, la Jueza hoy accionada dispuso por Auto Interlocutorio 123/2020 de igual fecha la detención preventiva del accionante en el Centro Penitenciario de San Pedro de La Paz, en aplicación de los arts. 233.1 y 2; 234.1, 2 y 7; y, 235.2 del CPP, una vez concluida la audiencia el accionante planteó recurso de apelación al amparo del art. 251 del citado Código (Conclusión II.1.).
Posteriormente, por Acuerdo Transaccional de 20 de marzo de 2020, suscrito por el accionante, Victoria y Silvia Mamani Aduviri, arribaron a un acuerdo satisfactorio de forma libre y voluntaria, sin que medie vicio alguno de consentimiento, señalando que no existió daño material ni el delito por el que se inició el proceso penal, siendo un hecho de confusión (Conclusión II.2.); consiguientemente, por memoriales de 20 de marzo de 2020, Victoria y Silvia Mamani Aduviri, presentaron desistimiento del proceso penal seguido contra el accionante iniciado por la presunta comisión del delito de abuso sexual, ante el Ministerio Público y la Jueza ahora accionada. En el Otrosí el accionante aceptó el desistimiento otorgado a su favor, sin costas (Conclusión II.3.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió en parte
- 1)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido deben presentarse, en forma concurrente, los siguientes presupuestos:
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- primer presupuesto
- segundo presupuesto
- REVOCAR en parte