Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0895/2020-S3
Fecha: 08-Dic-2020
II.2.
II.2. Por Proveído de 5 de enero de 2018, el Presidente de la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia -hoy accionado-, dispuso que previamente a la admisión de la demanda, la parte actora presente la Resolución Jerárquica impugnada y su correspondiente diligencia de notificación, en original o fotocopias debidamente legalizadas, concediendo un plazo de diez días, a partir de su legal notificación, bajo apercibimiento de darse por no presentada la demanda (fs. 17).