Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0043/2020-RCA
Fecha: 18-Feb-2020
Fragmento 8
En tal sentido, corresponde mencionar que el accionante alega la lesión de sus derechos a la vivienda, a la dignidad y a la propiedad privada, argumentando que los demandados se rehúsan a desocupar el inmueble que es de su propiedad, asumiendo vías de hecho, por lo que solicita excepción al principio de subsidiariedad.