Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0060/2020-CA
Fecha: 16-Mar-2020
IMPROCEDENCIA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional en virtud a lo establecido por el art. 146.1 del Código Procesal Constitucional, resuelve declarar la IMPROCEDENCIA del recurso directo de nulidad interpuesto por Oscar Milo Barito Colque, en representación legal de la “Cooperativa Minera Jayaquila R.L.”; Hernando Pascual Tarqui Tapia en representación legal de la “Cooperativa Minera Nuevo Porvenir R.L.”; y, Enrique Torrez Alamira en representación legal de la “Cooperativa Minera Ollerías R.L.”.
- Oscar Milo Barito Colque
- I.1. Síntesis de la demanda
- Fragmento 3
- I.2. Argumentos jurídicos del recurso
- I.3. Petitorio
- II.1. Marco normativo del recurso directo de nulidad
- 1. Supuestas infracciones al debido proceso.
- el recurso directo de nulidad no es aplicable: ‘…a supuestas infracciones al debido proceso, en cualquiera de las formas en que tales infracciones pudieran producirse en los procesos judiciales o administrativos en curso…
- en los procesos judiciales y administrativos todo acto sin competencia o jurisdicción que puedan afectar al juez competente como elemento del juez natural debe tutelarse por los recursos ordinarios previstos por el legislador y agotados los mismos, siempre y cuando exista vulneración a derechos y garantías mediante acción de amparo constitucional
- II.3. Análisis del caso concreto
- IMPROCEDENCIA