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    AUTO CONSTITUCIONAL 0074/2020-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0074/2020-RCA

    Fecha: 17-Mar-2020

    I.2.

    Considera lesionados sus derechos a la personalidad jurídica, en su vertiente estado civil, a la identidad, a circular en todo el territorio nacional, “…a una justicia pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones…” (sic), a la salud; y, a un “debido proceso”, citando al efecto los arts. 21.7 y 115.II de la Constitución Política del Estado (CPE).

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • I.2.
    • Fragmento 4
    • improcedencia
    • I.5. Síntesis de la impugnación
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
    • así como de las personas que requieren de una protección inmediata, abstrayéndose de las exigencias procesales, por formar parte de lo que la doctrina, instrumentos internacionales y la jurisprudencia constitucional ha denominado grupos vulnerables y que comprende
    • Los derechos fundamentales y protección especial que merecen las personas de la tercera edad,
    • , consagra, garantiza y protege los derechos y garantías fundamentales inherentes a las personas, proclamando una protección especial a los adultos mayores de la tercera edad,
    • II.3.
    • II.4.  Cumplimiento de los requisitos de admisión

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