Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0081/2020-RCA
Fecha: 17-Mar-2020
CONFIRMAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 30.III del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 06/20 de 11 de febrero de 2020, cursante de fs. 31 a 32 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Cuarta del departamento de Santa Cruz.
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- improcedencia
- 1)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- la activación de esta garantía jurisdiccional depende que su interposición se realice en un plazo razonable, que la Norma Fundamental fijó en seis meses computables a partir de la comisión del acto ilegal u omisión indebida del servidor público o del particular, o de notificado con la última decisión judicial o administrativa
- II.3. Análisis del caso concreto
- y no desde la Resolución (…), que declaró expresamente ejecutoriada la Sentencia (…), dado que, la misma no define ningún aspecto del fondo del citado proceso laboral
- CONFIRMAR