AUTO CONSTITUCIONAL 0082/2020-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0082/2020-RCA

Fecha: 17-Mar-2020

I.1. Síntesis de los hechos que la motivan

Por memoriales presentados el 7 y 17 de febrero de 2020, cursantes de fs. 42 a 51; y, 74 a 80 vta., la accionante manifiesta que en el ejercicio de sus funciones y atribuciones como Directora institucionalizada de la Unidad Educativa “Cobija” en resguardo de los alumnos adoptó como medida principal el colocado de una reja de seguridad al ingreso de dicha Unidad Educativa controlando de esa manera la salida de los estudiantes, las entrevistas con los maestros y el ingreso de adultos a las aulas, así como también emitió llamadas de atención y memorándums a profesores por evidentes faltas disciplinarias que en su momento pusieron en riesgo la seguridad de la población estudiantil. Pero dichas medidas no fueron bien recibidas por algunos padres de familia, particularmente por aquellos que componen la Junta Escolar como ser Jhenny Lupe Cavero Méndez, quienes presentaron cartas de representación por esas medidas, en concomitancia con los profesores sancionados y la responsable de servicio de portería movilizando al efecto a unos treinta y cinco padres de familia.

Refiere que el 8 de octubre de 2019, en el evento de reunión académica de informe y entrega de libretas del Tercer Bimestre de la mencionada Unidad Educativa solicitó a los padres que a la conclusión de la misma firmen la constancia de su presencia en el acta; empero, los miembros de la Junta Escolar con algunos padres de familia en concordancia con los profesores demandados empezaron una algazara incitando a los demás padres de familia a pedir su renuncia, considerando esa la primera medida de hecho que irrumpió el normal desenvolvimiento de sus funciones, propiciando el bloqueo de la esquina de las calles Ecuador y Baptista pidiendo a gritos su cambio.

Señala que el 10 del mismo mes y año, las profesoras Griselda Álvarez Brigges, María Elizabeth Calderón Licona y la responsable del servicio de portería, como consecuencia de la emisión de memorándums de llamada de atención en su contra, bloquearon el ingreso a la indicada Unidad Educativa con un grupo de padres de familia, llegando a invadir el predio de la institución, realizando una Asamblea solicitando su renuncia. Al día siguiente, nuevamente los padres de familia a la cabeza de la Presidenta de la Junta Escolar se postraron en puertas de la Unidad Educativa impidiendo su ingreso y solicitando su renuncia, bloquearon nuevamente la calle.

El lunes 3 de febrero de 2020, fecha de inauguración de las labores educativas a horas 8:00 de la mañana, los padres integrantes de la Junta Escolar no permitieron su ingreso a la Unidad Educativa “Cobija” imposibilitando además el inicio de la gestión escolar con abruptas exclamaciones increpándole que renunciará, producto de ello el 5 del citado mes y año fue notificada de manera personal por el Director Distrital de Educación ahora codemandado con el Memorándum DDECBBA 1-MEMO  05/020 de 5 de febrero de 2020, el cual señala que como consecuencia de los movimientos generados por los maestros y padres de familia de dicha Unidad Educativa sumándose a estos conflictos la dirigencia de la Federación de Maestros Urbanos de Cochabamba que derivaron en un ambiente de hostilidad hacia autoridades departamentales y distritales por las denuncias que pesan en su contra, se dispuso su “repliegue” a oficinas de la Dirección Distrital de Educación de Cochabamba 1, en tanto se supere esa situación, constituyendo ese acto en medidas de hecho y ejercicio de justicia por mano propia, en razón de que la orden de “repliegue” no es otra cosa que la destitución de su función como Directora de esa Unidad Educativa, acto arbitrario, desproporcionado y de abuso de poder que lesiona sus derechos.