SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2020-S3

Fecha: 12-Mar-2020

es el régimen conforme al cual, presentado el documento o documentos constitutivos que demuestren la fundabilidad de la pretensión

         Bajo esas consideraciones, en observancia al Fundamento Jurídico III.3. de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, y en coherencia con lo resuelto por las Vocales demandadas, se concluye que de acuerdo al art. 375 del CPC, el proceso monitorio es el régimen conforme al cual, presentado el documento o documentos constitutivos que demuestren la fundabilidad de la pretensión, la autoridad judicial, previa verificación de los presupuestos generales de competencia, capacidad y legitimación, así como los específicos del proceso que se pretende, acoge la demanda mediante una sentencia inicial.