SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0030/2020-S4
Fecha: 12-Mar-2020
1)
Lourdes del Pilar Díaz Berríos, Fiscal de Materia, en audiencia informó que: 1) En primera instancia no se emitieron las medidas de protección; sin embargo, al haberse formulado la acusación formal se remitieron todas las pruebas ante el Tribunal de Sentencia Penal Tercero de El Alto del departamento de La Paz, asimismo se pusieron en conocimiento los domicilios de las víctimas, con la certificación emitida por el Servicio General de Identificación Personal (SEGIP); 2) Posteriormente se habrían emitido las medidas de protección y el requerimiento, a efectos de que el investigador asignado al caso, dé cumplimiento con el mismo; 3) Inicialmente se le negó la otorgación de los requerimientos; sin embargo, en virtud al informe elaborado por el funcionario policial de no haber ubicado a la víctima para notificarla con las medidas de protección, se emitió un decreto rectificatorio al amparo del art. 168 del CPP, por el que se dejó sin efecto lo dispuesto en el decreto de 28 de junio de 2019, y se emitieron los requerimientos impetrados, a objeto de que el investigador asignado al caso informe en virtud a lo solicitado por la parte impetrante; vale decir, que no se vulneraron derechos ni garantías, mas al contrario se procuró ubicar a la víctima, que hasta ese momento no se había apersonado.
- Luis Adolfo Quispe Ticona
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho. Jurisprudencia reiterada
- III.2. Atribución de emitir requerimientos necesarios para obtener documentación destinada a la presentación de una solicitud de cesación a la detención preventiva. Modulación de la SCP 0415/2015-S3 de 23 de abril, a través de la SCP 0134/2018-S4 de 16 de abril
- el Ministerio Público tiene el deber de emitir requerimientos para la obtención de documentos que sirvan a la o el imputado a presentar un incidente de cesación a la detención preventiva, aún exista acusación formal
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR