SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2020-S4

Fecha: 12-Mar-2020

a)

Margot Pérez Montaño y Henry David Sánchez Camacho, Vocales de la Sala Penal Tercera; y, Adán Willy Arias Aguilar, Vocal de la Sala Penal Segunda, todos del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante informe escrito de 14 de agosto de 2019, cursante de fs. 30 a 31 vta., sostuvieron lo que sigue: a) Una vez que el proceso penal y el recurso de apelación referidos, fueran radicados en la indicada Sala Penal Tercera, se procedió a señalar dentro del plazo legal, audiencia para el 17 de julio del año citado, una vez que fue instalada, la hoy codemandada Margot Pérez Montaño, presentó excusa del conocimiento del proceso; razón por la cual, dicho verificativo fue suspendido; b) A fin de resolver la excusa formulada; así como, la apelación incidental, se procedió a la convocatoria de un Vocal en previsión del art. 53 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), la cual recayó en el ahora codemandado, Adán Willy Arias Aguilar; c) Dentro del plazo correspondiente se emitió la Resolución 391/2019 de 7 de agosto, que declaró legal la excusa planteada por Margot Pérez Montaño; por lo que, se dispuso que dicha autoridad se aparte de la sustanciación y conocimiento del proceso; y, d) Resuelta la excusa aludida, conforme a procedimiento y en el plazo establecido, se emitió el decreto de 12 de agosto de 2019, que señaló audiencia de apelación incidental para el 16 del mismo mes y año; en virtud de lo cual, no es evidente que sus autoridades hubiesen causado dilación en la tramitación del proceso penal de referencia.