SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0040/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0040/2020-S4

Fecha: 13-Mar-2020

denegó

La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, mediante Resolución 42/2019 de 30 de mayo, cursante de fs. 94 a 96 vta., denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes argumentos: a) El impetrante de tutela, no obstante de precisar los supuestos actos vulneratorios de sus derechos incoados, incongruentemente pidió su reincorporación a su fuente laboral, más el pago de haberes devengados, apartándose de los hechos que alegó como lesionados dentro de un proceso sumario administrativo, que de ser ciertos, correspondía solicitar su reparación; b) La solicitud del accionante resultó incoherente, por cuanto, el análisis que se desplegó respecto a la problemática planteada, está dirigido de manera integral a los hechos que motivaron la interposición de la acción tutelar, el derecho o garantía transgredido y el petitorio, que resultó ser la parte central de la pretensión, el cual debió ser expuesto de forma clara y precisa, de manera tal que no existan dudas ni confusiones respecto de lo que el solicitante de tutela aspiró a través de la presente acción de defensa; y, c) El impetrante de tutela, no observó los requisitos de contenido previstos en el art. 33.4 y 5 del Código Procesal Constitucional (CPCo); toda vez que, en la exposición de antecedentes, no obstante de haber señalado los derechos supuestamente vulnerados, omitió precisar de qué forma el hecho denunciado se constituyó en la causa de la transgresión de los derechos invocados, mismos que no guardan relación con su petitorio, lo que resultó insuficiente por cuanto este requisito exige que se cumpla con dicha argumentación, que si bien, no constituye un presupuesto de admisibilidad de esta acción tutelar; sin embargo, resulta imprescindible para resolver la misma, pues en base a esa correspondencia entre hechos, derechos vulnerados y petitorio, se desarrollará la labor de esta Sala, concediendo o denegando lo peticionado.