Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0053/2020-S4
Fecha: 19-Mar-2020
II.3.
II.3. Consta acta de 3 de abril de 2019, se llevó a cabo la reunión entre funcionarios del Gobierno Autónomo Departamental de Potosí, SEDES y la Administración de la Cruz Roja; en la cual, pese a la ilegibilidad de dicha acta, se pudo extractar que hubo una declaración en sentido que la clausura de la Farmacia Cruz Roja estuvo enmarcada en la legalidad (fs. 207 a 208).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- Fragmento 5
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.2. Del debido proceso jurisprudencia reiterada
- III.2. Procedimiento administrativo de inspecciones y sanciones de acuerdo al Sistema Nacional de Vigilancia y Control de Medicamentos
- III.3.
- CONFIRMAR