Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0077/2020-CA
Fecha: 26-May-2020
II.1. Marco normativo constitucional y legal
A su vez, el art. 74 de ese cuerpo normativo, otorga legitimación activa para interponer esta acción a la: “…Presidenta o Presidente del Estado Plurinacional, cualquier miembro de la Asamblea Legislativa Plurinacional o de los Órganos Legislativos de las Entidades Territoriales Autónomas, las máximas autoridades ejecutivas de esas Entidades Territoriales Autónomas, así como la Defensora o el Defensor del Pueblo”.
- acción de inconstitucionalidad abstracta
- I.1. Argumentos jurídicos de la acción
- que deberá efectuarse en un plazo máximo de noventa (90) días computables a partir del 3 de mayo de 2020
- b)
- c)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- a)
- El accionante debe explicar las razones, por las que se considera que las normas impugnadas son contrarias al texto de la Constitución Política del Estado
- RECHAZAR