Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0089/2020-RCA/BIS
Fecha: 18-Jun-2020
I.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela impetrada; y en consecuencia, se disponga: La nulidad de la resolución del recurso jerárquico AGIT-RJ 0895/2019 y se emita un nuevo fallo “estando obligado a pronunciándose sobre la imputación establecida por la Ley y sobre la extinción de los Tributos, pues el valor de las garantías deben ser aplicado a la totalidad de los Tributos, y que los intereses generados en forma posterior a la fecha de vencimiento de las admisiones temporales debe ser valorado con arreglo a la Ley 1105 y que adicionalmente materialice el fundamento y motivación, de cada uno de los acápites respetando y restituyendo todos los derechos lesionados” (sic).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- a)
- improcedencia
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- Fragmento 8
- la instancia administrativa, no es exigible agotar la vía contenciosa administrativa, con anterioridad a la interposición de la acción de amparo constitucional, debido a que la vía administrativa concluye, con la resolución emitida por la interposición del Recurso Jerárquico.
- Fragmento 10
- II.3. Análisis del caso concreto