Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0090/2020-RCA
Fecha: 23-Jun-2020
por no presentada
La Sala Constitucional citada, emitió la Resolución 370 de 16 de diciembre de 2019, cursante de fs. 29 a 30 declarando por no presentada la acción de amparo constitucional, fundamentando que el 9 de diciembre de ese año, se notificó a la accionante con las observaciones realizadas mediante Auto de Vista 349, sin que se hubieran subsanado las mismas en el término de tres días, debiendo darse por incumplidos los requisitos de admisión pese a la advertencia previa.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- por no presentada
- 1)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Sobre los requisitos de admisibilidad en la acción de amparo constitucional
- al momento de admitir la acción, deberá verificar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad previstos en el referido art. 33 del CPCo, y ante su incumplimiento dispondrá su subsanación en el plazo de tres días a partir de su notificación, en caso de que se haya cumplido el plazo y la observación efectuada no sea subsanada, se tendrá por no presentada la acción
- Fragmento 9
- II.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR