SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0059/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0059/2020-S4

Fecha: 10-Jul-2020

denegó

El Juez de Sentencia Penal Segundo del departamento de Santa Cruz, por Resolución 30/2019 de 23 de agosto, cursante de fs. 320 vta. a 324 vta., denegó la tutela impetrada, fundamentando que: 1) No se puede abrir tutela constitucional respecto a la falta de fundamentación y motivación, dado que se evidencia que tanto el Juez cautelar como las autoridades ahora demandadas fundamentaron de forma correcta su resolución, indicando a la parte accionante del por qué se dispuso su aprehensión; 2) El hecho de que a criterio de la parte peticionante de tutela no se hubiere emitido mandamiento de aprehensión que cumpla los requisitos, no puede ser considerado por esta acción de libertad sino más bien por una acción de amparo constitucional; 3) Tampoco se ingresará al análisis de fondo respecto a los incidentes de falta de tipicidad y nulidad de la imputación y la excepción de falta de acción, debido a que los mismos debieron ser reclamados a través de una acción de amparo constitucional; 4) Con respecto a la falta de cumplimiento de las Sentencias Constitucionales Plurinacionales en cuanto al presupuesto contenido en el art. 234.2 del CPP, se advierte que las autoridades ahora demandadas actuaron de forma correcta y precisa, ya que enervaron muchos riesgos procesales que había impuesto el Juez cautelar, indicando que se mantenía concurrente el contenido en el citado artículo, debido a que el lugar donde se cometió el delito es una ciudad fronteriza a territorio extranjero, debiendo ser la parte accionante quien deba enervar ese presupuesto; y, 5) La resolución de apelación de medida cautelar cuenta con la debida motivación y fundamentación, siendo la situación jurídica aplicada en favor de la imputada.