SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0061/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0061/2020-S1

Fecha: 16-Jul-2020

CORRESPONDE A LA SCP 0061/2020-S1 (viene de la pág. 8)

derecho a la libertad o incidencia en el mismo; pues, no se advierte ni se demuestra que el prenombrado esté privado de su libertad, o que dicho extremo haya sido el argumento principal del accionante para solicitar la tutela, en el entendido de que conforme a la jurisprudencia contenida en el Fundamento Jurídico III.2 de este fallo constitucional, la acción de libertad traslativa o de pronto despacho, se constituye en el medio idóneo y efectivo en caso de existir vulneración al principio de celeridad respecto a trámites judiciales o administrativos que se encuentren directamente vinculados con el derecho a la libertad; aspecto que no se cumplió en el caso concreto; toda vez que, la demora denunciada no incide directamente en los derechos del accionante que son protegidos por esta acción tutelar; por lo que, corresponde en consecuencia la denegatoria de la acción tutelar.

Finalmente, con relación a que el error cometido en la emisión del Auto de Control Jurisdiccional de 25 de julio de 2019, favorece a la negligencia del Ministerio Público, cabe señalar que el mismo fue subsanado por la parte demandada, por lo que, tampoco se afectaron los derechos protegidos por la acción de libertad, pues como ya se dijo, el peticionante de tutela no ha demostrado estar perseguido, detenido o privado de su libertad, correspondiendo en consecuencia denegar a tutela solicitada.