SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0096/2020-S4
Fecha: 14-Jul-2020
II.3.
II.3. Por acta notariada de declaración voluntaria, de 18 de mayo de 2019, suscrita por Edgar Molina Otoya, Notario de Fe Pública 1 del Distrito Judicial de Beni, se registran los testimonios de Deisy Miriam Torres de Capriles, Sahara Dumay Padilla y Miguel Villar Balderrama, que en lo sustancial y declararon que: adquirieron por compra venta un lote de terreno de Juan Dumay Cuadiay y Zoraida Padilla Tibubay; que su vendedor está construyendo una vivienda y haciendo mejoras a su propiedad; que Yara Steiger Ovando, propietaria colindante, el 25 de mayo de 2019, cerró el camino de acceso a la construcción que estaba realizando Juan Dumay Cuadiay, siendo dicho camino la única vía de acceso a la construcción y a la propiedad de la indicada persona; que dicho camino fue habilitado hace más de cuarenta años para uso de la población de Rurrenabaque y visitantes; y, que dicho cierre perjudicó el avance de la construcción, porque no se permitió ingresar en movilidad al lugar, con material de construcción, y tampoco los trabajadores (fs. 9).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- de manera excepcional procede la tutela directa e inmediata
- Fragmento 13
- III.2. La eficacia horizontal de los derechos fundamentales
- Fragmento 15
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR