Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0102/2020-S1
Fecha: 21-Jul-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El peticionante de tutela denuncia la vulneración de su derecho al debido proceso en su vertiente fundamentación; toda vez que, fue sancionado por la Comisión de Justicia de la S.S.M.A. de Oruro, decisión que apeló ante el Tribunal de Honor de la citada Sociedad, instancia que resolvió confirmar la Resolución impugnada sin desarrollar ni analizar los fundamentos expuestos en el recurso de apelación y sin tomar en cuenta los derechos vulnerados y las normas aplicables; por ello, solicita la nulidad de la Resolución 01/2018 de 28 de diciembre, se pronuncie nueva Resolución fundamentada y la imposición de costas, daños y perjuicios.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las personas demandadas
- 1.2.3. Informe de terceros interesados
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 1)
- III.1.
- procesos administrativos y en todos aquellos que se presentan en la esfera privada de las instituciones, asociaciones o cooperativas, donde
- para la separación o expulsión de un asociado, la decisión asumida debe responder a las normas legales, estatuarias y reglamentarias que rigen a la asociación, estableciendo de manera clara las causales y procedimientos de expulsión
- debido proceso se encuentra ligado de manera íntima con el derecho a la defensa
- por ello, el derecho a la defensa es inviolable por los particulares o autoridades que impidan o restrinjan su ejercicio.
- debido proceso
- III.2.
- Fragmento 17
- arbitrariedad
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte
- MAGISTRADA
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)