Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2020-S4
Fecha: 14-Jul-2020
Fragmento 10
Respecto a la subsidiariedad excepcional en acción de libertad la SC 0008/2010 –R de 6 de abril, modulando los entendimientos de la SC 0160/2005-R de 23 de febrero, asumió que: “….en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas”.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional plurinacional
- II.1.
- II.2.
- Fragmento 10
- III.1. La subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- Fragmento 12
- III.2.
- denegar
- CONFIRMAR